Iniciativa polémica
La Federación de Empresarios de Combustibles de la República Argentina emitió un comunicado en relación al Proyecto de Comercialización de Combustibles que logró media sanción en Diputados de Buenos Aires.
En relación con la nota publicada en Surtidores el 06/12/2018, sobre el Proyecto de Comercialización de Combustibles que habría logrado media sanción en la Cámara de Diputados de la Provincia de Buenos Aires, en la que se explicó que dicho proyecto establecería aportes monetarios del 1 por ciento que deberían realizar las Petroleras y Distribuidoras mayoristas en concepto de venta de combustibles a los comercializadores minoristas, los que se repartirían un 25 por ciento para FECOBA, un 25 para FECRA y un 50 para el SOESGyPE, FECRA aclara que:
1.- Jamás acompañó y/o prestó su consentimiento con dicho Proyecto de Ley.
2.- Ha llegado a FECRA información acerca de que lo aprobado por la Cámara de Diputados difiere sustancialmente de lo informado en la publicación realizada.
3.- Resulta sorprendente que mientras el Gobierno Nacional pretende una baja en los precios de los combustibles, la Provincia de Buenos Aires apruebe Proyectos de Ley que conllevan un incremento en dichos precios.
4.- Finalmente, cabe aclarar que con fecha 06/08/2018 FECRA obtuvo una sentencia favorable de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, en los autos caratulados “RECURSO QUEJA N° 1 – FEDERACIÓN ENTIDADES DE COMBUSTIBLES PCIA. DE BS. AS. c/ ESTADO NAC. MINISTERIO DE TRABAJO s/ OTROS RECLAMOS” (Expte. 022162/2009/1), que confirmó las Sentencias de 1° y 2° Instancias en los autos caratulados “FEDERACIÓN DE ENTIDADES COMBUSTIBLES PCIA. DE BS. AS. c/ ESTADO NACIONAL MINISTERIO DE TRABAJO s/ IMPUG. ACTO ADMINISTRATIVO” (Expte. 22162/2009), que tramitó ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 9, confirmando que FECRA detenta la jurisdicción de la Provincia de Buenos Aires. Consecuentemente, jamás podría esta Federación compartir un proyecto en el que se le reconozca a FECOBA derechos sobre una jurisdicción que le es ajena.
CONSEJO DIRECTIVO – FECRA
Fuente Surtidores