Acuerdo con SOESGYPE para la forma de pago de los sueldos de abril y mayo

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En la tarde de el jueves 30 de abril, nuestro presidente Vicente Impieri, en representación de FECRA, junto a los directivos representantes de CECHA, CEGNC y AES, firmaron con el Secretario General de SOESGYPE, Carlos Acuña, el acuerdo de aplicación de suspensiones al personal basadas en el artículo 223 bis de la Ley de Contrato de Trabajo con el aditamento de que también se contemplaron las prerrogativas de la reciente resolución 397 del Ministerio de Trabajo de la Nación.

Esta posibilidad deja una ventana abierta a aquellas estaciones que no hayan sido beneficiadas por el programa de Asistencia de Emergencia al Trabajo y la Producción (ATP) del Gobierno o cuya situación económica sea realmente delicada para afrontar el pago de salarios del mes de abril, a negociar particularmente una reducción de los salarios con sus empleados.

Por otra parte, el SOESGYPE se comprometió a reconsiderar la posibilidad de la reducción de los salarios en caso que durante el mes de mayo no se registre un repunte significativo de las ventas.

Les compartimos una ayuda para la liquidación del sueldo de abril elaborado por nuestros asesores contables y laborales. Encontrarán una explicación y un ejemplo de guía que tiene en cuenta el acuerdo firmado con el sindicato por los próximos dos meses.