El 8 de octubre es Feriado con Fines Turísticos, el 11 de octubre se conmemora elDía del Respeto a la Diversidad Cultural, por tratarse ambos de feriados nacionales, los establecimientos que decidan permanecer abiertos podrán hacerlo, teniendo en cuenta la aplicación del artículo 166 de la Ley de Contrato de Trabajo. En caso de que el trabajador preste servicios en esos días, cobrará la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual.
El Feriado Nacional del 11 de octubre se haya dispuesto para el 12 de octubre, pero como se trata de un feriado trasladable se celebra el lunes 11 de octubre.
Determinación de la remuneración cuando se trabaja los días feriados
Los trabajadores que laboren en dichos días percibirán la remuneración normal de los días laborables más una cantidad igual. En el supuesto de que también trabajen horas extras, las mismas se computarán al 100%.
Concepto de feriado nacional
Es el día en que por disposición del Estado y con motivo de una celebración o festividad de carácter cívico o religioso no se trabaja en todo el ámbito del país.
Régimen de los feriados trasladables
Los feriados nacionales trasladables cuyas fechas coincidan con los días martes y miércoles serán trasladados al día lunes anterior. Los que coincidan con los días jueves y viernes serán trasladados al día lunes siguiente.
Feriados con fines turísticos para el año 2021
Mediante el Decreto 947/2020 se establecieron como días feriados con fines turísticos el 24 de mayo, 8 de octubre y 22 de noviembre.
Requisitos para tener derecho al feriado pago cuando no se lo trabaja.
FUENTE: Jorge A. Carmona para FECRA