Salarios Devengados Septiembre 2021
La RESOLUCIÓN (MTESS) 568/2021, B.O.: 21/9/2021, dispuso:
El plazo para la inscripción al “Programa REPRO II”, creado por Resolución del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social N° 938/20 para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de Septiembre de 2021, estará comprendido entre el 24 de Septiembre al 30 de Septiembre inclusive.
Asimismo, se aplicarán los siguientes criterios de preselección , respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa:
- Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la AFIP: agosto de 2019 y agosto de 2021.
- Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
- Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: agosto 2021.
- Corte de actualización de bajas de nómina: 23 de septiembre inclusive.
- Corte de actualización CBU: 23 de septiembre inclusive
FUENTE: Jorge A. Carmona para FECRA