COMUNICACIÓN A 7391- (BANCO CENTRAL DE LA REPÚBLICA ARGENTINA)
La citada comunicación de fecha 29/10/2021, B.O.: 5/11/2021, dispuso:
ANEXO 4.11. Operaciones por ventanilla.
Los usuarios de servicios financieros que sean titulares de las cuentas previstas en estas normas tendrán derecho a realizar operaciones por ventanilla, sin restricciones de tipo de operación –sujeto a las que por razones operativas pudieran existir– ni de monto mínimo.
No podrán aplicarse comisiones a las operaciones efectuadas por ventanilla por los usuarios de servicios financieros que sean personas humanas ni a los depósitos de efectivo en pesos en cuentas cuyos titulares sean personas humanas o jurídicas que revistan el carácter de micro, pequeñas o medianas empresas (MiPyME), con el alcance previsto en el punto 2.3.2.2. de las normas sobre “Protección de los usuarios de servicios financieros”.
Las entidades bancarias cobraban entre el 1 y 1,5 por ciento de comisión para recibir y depositar el dinero.
Conclusión
Se exime de costo alguno a los depósitos en efectivo en pesos para pymes.
FUENTE: Jorge A. Carmona para FECRA