El Ministerio de Trabajo aprobó la suspensión de tareas pagas al 100 por ciento en Estaciones de Servicio

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A través de la publicación en el Boletín Oficial de la Resolución 717/2020, la cartera que conduce Claudio Moroni homologó el acuerdo entre Expendedores Unidos y el Sindicato de empleados de Estaciones de Servicio.

Ayer, el Ministerio de Trabajo homologó el acuerdo entre Expendedores Unidos (CECHA, FECRA, AES y CeGNC) y el Sindicato de Empleados de Estaciones de Servicio, por el cual los trabajadores podrán ser eximidos de prestar sus tareas sin recibir descuentos en el salario neto.

En efecto, la Resolución 717/2020 establece que de acuerdo al cronograma de la empresa, el operario puede ser suspendido, aunque recibirá el ciento por ciento de la asignación. Ese período será liquidado de manera no remunerativa.

La aprobación de la cartera que conduce Claudio Moroni se corresponde al primer convenio suscripto entre las partes, esto es abril y mayo. No obstante, y atento a las consecuencias de la crisis sanitaria sobre la actividad que provocó una considerable reducción de las ventas de combustibles, fue renovado en dos oportunidades, encontrándose vigente al día de la fecha.

Frente a la gravedad de la emergencia sanitaria declarada y encontrándose configurado un caso excepcional de fuerza mayor, con la consiguiente afectación sustancial en el nivel de actividad de la empresas por las medidas públicas dispuestas para enfrentar la situación epidemiológica, se requiere del esfuerzo conjunto de todas las partes involucradas, empleadores, trabajadores, entidades sindicales y el propio Estado Nacional, para afrontar el contexto vigente, privilegiando el interés común y priorizando la prevención del estado de salud de los propios trabajadores y de la comunidad en su conjunto, pero procurando la preservación de las fuentes de trabajo, la continuidad de la empresa y su proceso productivo, respetando y haciendo respetar todos los recaudos sanitarios que a tales efectos se ordenen”, expresa la medida.    

Asimismo, el texto remarca que resulta indispensable que cada empresa que se adhiera, comunique mediante una nota que así lo refiera y en donde conste el listado de personal afectado dirigida al Ministerio de Trabajo, especificando los datos que permitan individualizar el plexo convencional y su resolución homologatoria.