CRITERIOS PRESELECCION Y SELECCION – PLAZO INSCRIPCION
Mediante la Resolución MTEySS N° 488/2021 se estableció el plazo para la inscripción al «PROGRAMA REPRO II» para el período correspondiente a los salarios devengados durante el mes de AGOSTO de 2021, el cual estará comprendido entre el 25 de Agosto y el 31 de Agosto de 2021 inclusive.
Las estaciones de Servicio siguen perteneciendo al sector crítico, por lo cual el monto de asistencia para los salarios devengados en el mes de agosto, para quienes califiquen para el programa, continúa siendo de $ 22.000 por empleado.
La mencionada Resolución estableció las pautas a considerar para aplicar los criterios de preselección, respecto a las fechas de facturación y nómina de las empresas que quieran acceder al beneficio del Programa REPRO II para el mes de agosto, de acuerdo al siguiente detalle:
-Altas empresas: No se deberá considerar la facturación para las empresas iniciadas a partir del 1º de enero de 2019.
-Mes seleccionado para determinar la nómina de personal y los salarios de referencia: Julio 2021.
-Corte de actualización de bajas de nómina: 24 de Agosto
-Corte de actualización CBU: 23 de Agosto inclusive
-Meses seleccionados para el cálculo de la variación interanual de la facturación requerida por la ADMINISTRACIÓN FEDERAL DE INGRESOS PÚBLICOS (AFIP): Julio de 2019 y Julio de 2021. –Se deberá presentar una reducción de la facturación superior al VEINTE POR CIENTO (20%) en términos reales, para el periodo comprendido entre Julio 2021 y Julio 2019. El índice para proceder a comparar la facturación en términos reales no fue publicado, el último índice de actualización informado fue del 72%.
Autor: Jorge A. Carmona para FECRA