Escribe Dr. Jorge Nocciolino
El Período Invernal que transcurre desde el 01/05/2021 y que finalizará el 30/09/2021, nos deja algunas reflexiones a tener en cuenta, sobre el gas natural y en particular, para el GNC.
En principio, surge en forma palmaria que 2021 ha sido un año en el que la demanda del período invernal no muy frío y con una industria trabajando a me- dia máquina, obligó a las Autoridades a recurrir a la costosísima inyección por regasificación, de gas importado y transportado por buques gasíferos, lo que permitió transcurrir este período con sólo algunas restricciones y cortes. Este contexto no es positivo y deber ser modificado en forma urgente.
En relación con los servicios de Transporte y Distribución, cabe mencionar que la Licenciataria que tuvo algunas restricciones y cortes ha sido Naturgy, seguida por MetroGAS con menores restricciones, siendo que el resto de las Distribuidoras han podido cumplir –prácticamente- en forma plena con las obligaciones previstas en sus contratos con sus clientes. Así, se destaca Camuzzi que sólo restringió el servicio Firme y/o cortó el servicio Interrumpible, de gas natural para GNC por sólo dos días, siendo que es una de las más afectadas por las bajas temperaturas existentes en su zona de Distribución; seguida por Litoral Gas que no tuvo restricciones y cortes con mejores condiciones climáticas, y las Distribuidoras de la zona centro y norte del país.
Por su parte, en relación con el suministro de gas natural para GNC en el Punto de Ingreso al Sistema de Transporte (PIST), sólo hubo restricciones por parte de alguna Petrolera que alegó medidas de fuerza llevadas a cabo por trabajadores sanitarios de la zona de Vaca Muerta.
En este contexto, justo es destacar que aquellas Estaciones de Servicio (EESS) que celebraron a partir del 01/05/2021, contratos de suministro de gas natural con destino a GNC con Comercializadores y/o Productores, producto de la compulsa y el Seminario realizado por FECRA en marzo de 2021, han logrado una garantía de abastecimiento, no habiéndose verificado situaciones de conflicto, lo que ha sido monitoreado en la Subcomisión de GNC de FECRA.
Pero no todo ha sido positivo. Existe una enorme preocupación -compartida por este profesional- en relación con las EESS de GNC que están siendo abastecidas por IEASA, debido a que su suministro finalizará el 30/09/2021, existiendo numerosos reclamos por parte de distintas Entidades del sector para lograr un abastecimiento que las Distribuidoras tienen prohibido realizar.
En este sentido, lo esencial sería que las Entidades que nuclean a las EESS y/o que cada EESS afectada, soliciten en forma escrita a todos los Comercializadores y/o Productores autorizados por las Autoridades Competentes a realizar el suministro de gas natural con destino a GNC, que presenten sus mejores ofertas de suministro y que aporten los modelos de contratos de suministro, para cada zona de Distribución afectada por este eventual desabastecimiento, tal como lo hizo FECRA en 2020 para que sus socios y no socios, pudieran acceder al suministro de gas natural para GNC, lo que permitirá conocer cabalmente, la situación existente, para luego analizar y decidir las medidas a tomar. En este orden de ideas, recordemos que LA UNION HACE LA FUERZA.
Finalmente cabe mencionar, que Argentina es un país esencialmente gasífero con enormes reservas. Siendo ello así, la inyección de gas natural importado por regasificación es una lamentable situación que debe ser superada inmediatamente, mediante la implementación de medidas conducentes, que tengan en cuenta -en primer lugar- el autoabastecimiento de gas natural y, -en segundo lugar- la exportación de gas natural, incluyendo sus derivados, como ser, plásticos, urea granulada, amoníaco, butano propano, u otros.
Para ello, resulta esencial que se consensue entre las Autoridades Competentes y los Sujetos de la Industria del Gas Natural, un Plan Energético a largo plazo (no menos de 10 años) que tenga como objetivo la incentivación de las inversiones para el desarrollo de los Yacimientos, la mayor producción de gas natural; como así también, para incrementar la capacidad de transporte y distribución. Ello debe ser así, no sólo para el Yacimiento de Vaca Muerta, sino también, para el resto de los Yacimientos del país. Pero, para que dicho Plan tenga resultados positivos, es esencial que sea considerado de Orden Público por el Poder Legislativo mediante una Ley; como así también, que contenga reglas claras y precisas que sean inalterables durante toda su vigencia, debiendo ser totalmente independiente de las coyunturas económicas que pudieran existir y sin intromisiones de ninguno de los Po- deres del Estado, respetando los derechos garantizados por los artículos 14, 17, 28 y concordantes de la Constitución Nacional.
De lograrse consensuar un Plan Energético con las características mencionadas precedentemente, no sólo se beneficiará al sector del GNC, sino también, al resto de los consumidores de gas natural. Por el bien de todos, que así sea.