La RESOLUCIÓN (MTESS) 388/2021, B.O.: 8/7/2021, adopta las recomendaciones formuladas por el Comité de Evaluación y Monitoreo del “Programa REPRO II” en el Acta N° 8, para gozar de los beneficios correspondientes al período junio 2021, con arreglo al siguiente detalle:
Teniendo en cuenta los parámetros presentados en la mencionada resolución, para acceder al beneficio del Programa REPRO II, las empleadoras y los empleadores pertenecientes a los sectores críticos (entre los cuales se encuentran los operadores de estaciones de servicio) deben cumplir los siguientes dos requisitos:
1. La variación de la facturación (considerada en valores nominales) entre el 1-21 de junio 2021 y el 1-21 de junio 2019 debe ser inferior al 71%.
2. El índice de liquidez corriente al 31 de mayo de 2021 debe ser inferior a 2,5%
Autor: Jorge A. Carmona para FECRA